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| From: | anonymous (189.162.138.154)
| | Subject: | anonymous | |
Date: | April 9, 2008 at 2:25 pm PST |
In Reply to: Re: Warning: Cynical comment posted by anonimous on June 14, 2007 at 6:22 pm:
El 28 de abril del 2006, la Cámara de Diputados aprobó una reforma a el consumo de estupefacientes y psicotrópicos. Sin embargo, la fracción más controversial de la reforma a la ley es una tabla de dosis de droga permitidas para consumo de los narcodependientes. • 5 gramos de marihuana. • 500 miligramos de cocaína. • 5 gramos de opio. • 25 miligramos de heroína. • 100 miligramos de anfetaminas. • 200 miligramos de metanfetaminas. Esta última medida ha suscitado diversas opiniones, tanto a favor como en contra, algunas de las cuales tienen su origen fuera del territorio mexicano, pues para mucha gente la medida fomentará el consumo de droga en vez de combatir su venta. Lo anterior se desprende del hecho de que el Congreso de la Unión por primera vez autorizó una tabla de drogas con un tope para consumo personal, sin sanción, en quien compruebe ser farmacodependiente; la misma —de la cual presentamos los productos de mayor consumo en México— permite portar al dependiente del narcótico: Asimismo, los legisladores también autorizaron 12 narcóticos para uso terapéutico o medicinal, entre ellos 1 kilogramo de peyote, 0.015 miligramos de LSD y 250 gramos de hongos alucinantes; la lista completa de fármacos y sus cantidades permitidas se precisan en el Título Décimo Octavo de la Ley General de Salud, denominado Delitos contra la Salud en su modalidad narcomenudeo.
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